Preguntas frecuentes acerca de la ambición climática

8. ¿Qué son las contribuciones determinadas a nivel nacional (CDN)?

Para cumplir con el objetivo principal del Acuerdo de París, impedir que la temperatura supere los 2ºC de su nivel preindustrial (1750), incluso mejor que no excediera los 1,5ºC, en su artículo 4, numerales 2 y 3, se conviene:

4-2 Cada Parte deberá prepaar, comunicar y mantener las sucesivas “contribuciones determinadas a nivel nacional” que tenga previsto efectuar. Las Partes procurarán adoptar medidas de mitigación internas, con el fin de alcanzar los objetivos de esas contribuciones.

4-3. La contribución determinada a nivel nacional sucesiva de cada parte representará una progresión con respecto a la contribución determinada a nivel nacional que esté vigente para esa Parte, y reflejará la mayor ambición posible de dicha Parte, teniendo en cuenta sus responsabilidades comunes pero diferenciadas, y sus capacidades respectivas a la luz de las diferentes circunstancias nacionales.

Para ver los otros numerales del artículo 4 puede dirigirse a este documento PDF que, además, contiene la totalidad del texto del Acuerdo de París.

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